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En el estado de Wyoming la ley establece que el cliente vive en el estado, y debe ser aprobado por un tribunal local en el estado. Homologación concedida únicamente si la operación es en el mejor interés de los clientes. También existe un período de espera de 3 días para proteger al cliente.

Un acto relativo al procedimiento civil, la creación de la Ley de Protección de liquidación estructurada Wyoming, especificando los procedimientos para la transferencia de los derechos de pago de liquidación estructurada; exigir la divulgación como especificado, proporcionando definiciones, el suministro para la aplicabilidad de la ley, y que dispone la fecha de efectividad.

Que sea promulgado por la Legislatura del Estado de Wyoming:

Sección 1. W.S. 1-16-601 1-16-607 son creados a través de la siguiente manera:

ARTÍCULO 6 WYOMING LEY DE PROTECCIÓN DE LIQUIDACIÓN ESTRUCTURADA

1-16-601. Título breve.

Esta ley se conocerá y podrá ser citada como la Ley de Protección de liquidación estructurada Wyoming.

1-16-602. Definiciones.

(A) Según se utiliza en este acto:

(I) "emisor anualidad" significa un asegurador que ha emitido un contrato para financiar los pagos periódicos en virtud de un liquidación estructurada;

(Ii) "Dependientes" incluye el cónyuge del beneficiario y los hijos menores y el resto de personas para las que el beneficiario tiene la obligación legal de proporcionar apoyo, incluyendo la pensión alimenticia;

(Iii) "valor actual": el valor presente de los pagos futuros determina mediante el descuento de los pagos al valor presente usando la tasa federal recientemente publicada aplicable para la determinación del valor presente de una anualidad, emitidas por los Estados Unidos Servicio de Impuestos Internos ;

(Iv) "importe del anticipo bruto" significa la suma a pagar al beneficiario o por cuenta del beneficiario como contraprestación por la cesión de derechos de pago de liquidación estructurada antes de que las reducciones de los gastos de transferencia u otras deducciones que se harán de tal consideración;

(V) "asesoramiento profesional independiente" significa consejo de un abogado, contador público, actuario u otro asesor profesional con licencia;

(Vi) las "partes interesadas" significa, con respecto a cualquier liquidación estructurada, el beneficiario, cualquier beneficiario irrevocable designado de conformidad con el contrato de anualidad para recibir los pagos después de la muerte del beneficiario, el emisor anualidad, el deudor liquidación estructurada y cualquier otra parte que se continúa derechos u obligaciones en virtud del liquidación estructurada;

(Vii) "importe del anticipo neto" significa la cantidad antes bruta menos el monto total de los gastos de transferencia reales y estimados requeridos para ser revelada bajo WS 1-16-603 (e);

(Viii) "Beneficiario" significa una persona que está recibiendo los pagos libres de impuestos en virtud de un liquidación estructurada y se propone hacer una transferencia de derechos de pago de los mismos;

(Ix) "Pagos periódicos" incluye tanto los pagos recurrentes y los futuros pagos únicos programados;

(X) "contrato de cesión Calificado" significa un acuerdo que prevé una asignación cualificado en el sentido de 26 USC 130;

(Xi) "litigio se resuelva", la reclamación por agravio original, resuelto por un liquidación estructurada;

(Xii) "liquidación estructurada": un acuerdo para el pago periódico de los daños por lesiones personales o enfermedades establecidas por acuerdo de conciliación o juicio en la resolución de una reclamación de responsabilidad civil;

(Xiii) "acuerdo de liquidación estructurada" significa el acuerdo, el juicio, estipulación o liberación que contiene los términos de la liquidación estructurada;

(Xiv) "deudor liquidación estructurada" significa, con respecto a una liquidación estructurada, la parte que tiene la obligación permanente de hacer pagos periódicos al beneficiario en virtud de un acuerdo de liquidación estructurada o de un contrato de cesión calificado;

(Xv) "derechos de liquidación estructurada" significa derechos a recibir pagos periódicos bajo un liquidación estructurada, ya sea por el deudor liquidación estructurada o el emisor anualidad, donde:

(A) El beneficiario tiene su domicilio en, o el lugar o domicilio principal de negocios del deudor liquidación estructurada o el emisor anualidad está ubicado en, este estado;

(B) El acuerdo de liquidación estructurada fue aprobado por un tribunal en este estado, o

(C) El acuerdo de liquidación estructurada se rige expresamente por las leyes de este estado.

(Xvi) "Los términos del liquidación estructurada" incluye, en relación con un acuerdo de liquidación estructurada, los términos del acuerdo de liquidación estructurada, el contrato de renta vitalicia, un contrato de cesión cualificado y cualquier orden u otra aprobación de cualquier tribunal que autorizó o aprobó la liquidación estructurada;

(Xvii) "Transferencia" significa cualquier venta, cesión, prenda, hipoteca u otra enajenación o gravamen de los derechos de pago de liquidación estructurada hechas por un beneficiario a título oneroso, a condición de que el término "transferencia" no incluye la creación o perfeccionamiento de un acuerdo de seguridad de los derechos de pago de liquidación estructurada bajo un acuerdo de seguridad manta celebrado con una institución depositaria asegurada, en ausencia de cualquier acción para reorientar los pagos de liquidación estructurada a la institución depositaria asegurada, o un agente o sucesor en interés de los mismos, o de otra manera de hacer cumplir la garantía general contra los derechos de pago de liquidación estructurada;

(Xviii) "acuerdo de transferencia" se entiende el acuerdo que prevé una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada;

(Xix) "gastos de transferencia" se refiere a todos los gastos de una transferencia que se requieren en el marco del acuerdo de transferencia a cargo del beneficiario o se deducirá de la cantidad bruta de antemano, incluyendo, sin limitación, honorarios de presentación judicial, honorarios de abogados, gastos de custodia, derecho de retención cuotas de inscripción, el juicio y gravamen impuestos búsqueda, honorarios de intermediarios, comisiones y otros pagos a un corredor u otro intermediario. "Los gastos de transferencia" no incluyen preexistentes obligaciones del beneficiario a pagar por cuenta del beneficiario del producto de una transferencia;

(Xx) "cesionario": el adquirente o desea adquirir los derechos de pago de liquidación estructurada a través de una transferencia;

(Xxi) "Este acto" significa W.S. 1-16-601 1-16-607 través.

1-16-603. Revelaciones requeridas al beneficiario.

(A) No menos de tres (3) días antes de la fecha en que se firma un beneficiario de un contrato de cesión, el cesionario deberá ofrecer al beneficiario una declaración indicando de forma independiente, en negrita no menor de catorce (14) puntos, estableciendo :

(I) Las cantidades y las fechas de vencimiento de los pagos de liquidación estructurada para ser transferidos;

(Ii) El importe total de los pagos;

(Iii) El valor actual descontado de los pagos a transferir y el monto de la tasa federal aplicable utilizado para calcular el valor presente descontado;

(Iv) El importe bruto anticipado;

(V) Una lista detallada de todos los gastos de transferencia aplicable, salvo los honorarios de abogados y los gastos relacionados a pagar en relación con la solicitud del adquirente a la aprobación de la transferencia y la mejor estimación del cesionario de la cuantía de dichos honorarios y gastos;

(Vi) El importe neto anticipado;

(Vii) El importe de las multas o daños y perjuicios a cargo del beneficiario en caso de incumplimiento del acuerdo de cesión por el beneficiario;

(Viii) Una declaración de que el beneficiario tiene el derecho de cancelar el acuerdo de transferencia sin penalización ni obligación alguna, a más tardar el tercer día hábil posterior a la fecha de la firma del acuerdo por el beneficiario.

1-16-604. La aprobación de las transferencias de derechos de pago de liquidación estructurada.

(A) ninguna transferencia directa o indirecta de los derechos de pago de liquidación estructurada será efectivo y no deudor liquidación estructurada o anualidad emisor estará obligado a realizar pago alguno, directa o indirectamente, a cualquier cesionario de los derechos de pago de liquidación estructurada a menos que la transferencia ha sido aprobada de antemano en la resolución judicial definitiva sobre la base de los resultados expresos por el tribunal que:

(I) La transferencia es en el mejor interés del beneficiario, teniendo en cuenta el bienestar y el apoyo de familiares a cargo del beneficiario;

(Ii) El beneficiario ha sido avisada por escrito por el adquirente a solicitar asesoramiento profesional independiente respecto de la transferencia y, o bien ha recibido este tipo de asesoramiento o el asesoramiento renunciado conscientemente por escrito, y

(Iii) La transferencia no infrinja ninguna ley aplicable o la orden de un tribunal u otra autoridad gubernamental.

1-16-605. Efectos de la cesión de derechos de pago de liquidación estructurada.

(A) A raíz de una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada bajo esta ley: (i) El deudor liquidación estructurada y el emisor de la anualidad será, como a todos los partidos, salvo que el cesionario, el alta y liberado de toda responsabilidad por los pagos transferidos;

(Ii) El cesionario deberá ser responsable ante el deudor liquidación estructurada y el emisor anualidad:

(A) Si la transferencia contraviene los términos del liquidación estructurada, para todos los impuestos devengados por tales partes como consecuencia de la transmisión, y

(B) Para cualquier otra responsabilidad o costos, incluyendo los costos razonables y honorarios de abogados que surjan del cumplimiento por dichas partes con la orden de la corte o que surjan como consecuencia del incumplimiento por parte \ cesionario s de cumplir con esta ley.

(Iii) Ni el emisor ni el deudor anualidad liquidación estructurada puede ser necesario dividir los pagos periódicos entre el beneficiario y cualquier adquirente o cesionario, o entre dos (2) o más cesionarios o causahabientes, y

(Iv) cualquier otra transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada por el beneficiario sólo podrá realizarse una vez cumplidos todos los requisitos de esta ley.

1-16-606. Procedimiento para la aprobación de las transferencias.

(A) Las solicitudes previstas en esta ley para la aprobación de una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada se hará por el cesionario y se podrá interponer en el tribunal de distrito de Wyoming que aprobó los derechos de pago de liquidación estructurada, o el tribunal de distrito de Wyoming en el condado donde el beneficiario reside sin tener en cuenta que los derechos de pago de liquidación estructurada pueden haber acumulado.

(B) No menos de veinte (20) días antes de la audiencia programada en una solicitud de aprobación de una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada bajo WS 1-16-604, el cesionario deberá presentar ante la corte y servir a todas las partes interesadas una notificación de la transferencia propuesta y solicitud de autorización, incluido con el aviso:

(I) Una copia de la solicitud del cesionario para la transferencia;

(Ii) una copia del acuerdo de transferencia;

(Iii) Una copia de la declaración de divulgación exige el WS 1-16-603;

(Iv) una lista de cada una de las personas a cargo del beneficiario, junto con la edad de cada persona a cargo y fecha de nacimiento;

(V) Notificación de que cualquier interesado podrá apoyar, oponerse o no responder a la solicitud del adquirente, ya sea en persona o por un abogado, mediante la presentación de observaciones por escrito al tribunal o al participar en la audiencia, y

(Vi) La notificación de la fecha y lugar de la audiencia y la notificación de la manera en la cual y el plazo en el que se presentarán las respuestas escritas a la demanda, el cual no podrá ser inferior a quince (15) días después del servicio del cesionario de cuenta, con el fin de ser considerado por el tribunal.

1-16-607. Disposiciones generales; construcción.

(A) Las disposiciones de esta ley no puede ser aplicada por un beneficiario.

(B) Cualquier acuerdo de transferencia firmado el 1 de julio de 2006 por un beneficiario que reside en este estado deberá establecer que los litigios en el marco del acuerdo de transferencia, incluyendo cualquier afirmación de que el beneficiario ha incumplido el acuerdo, se determinará con y bajo la leyes de este estado. Ningún acuerdo de transferencia autorizará el cesionario o cualquier otra parte que confesar juicio o consentimiento para la publicación del fallo en contra del beneficiario.

(C) no transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada se extenderá a todos los pagos que son vitalicios, salvo que, con anterioridad a la fecha en que el beneficiario firma el acuerdo de cesión, el cesionario se ha establecido y se ha comprometido a mantener procedimientos razonablemente satisfactorios para el emisor anualidad y el deudor liquidación estructurada para:

(I) Periódicamente confirmando la supervivencia del beneficiario, y

(Ii) Dar el emisor anualidad y la solución deudor una notificación por escrito del sistema estructurado en el caso de fallecimiento del beneficiario.

(D) Ningún beneficiario que se proponga realizar una transferencia de los derechos de pago de liquidación estructurada incurrirá en ninguna penalización, perderá la cuota de solicitud o de otro tipo de pago, o de lo contrario incurrirá en responsabilidad alguna al cesionario propuesto o cualquier cesionario basado en el incumplimiento de la transferencia para satisfacer los requisitos de esta ley.

(E) Nada de lo contenido en esta Ley se interpretará para autorizar una transferencia de los derechos de pago de liquidación estructurada en violación de cualquier ley o dar a entender que cualquier transferencia en virtud de un acuerdo de transferencia celebrado con anterioridad al 1 de julio de 2006 es válido o no válido.

(F) El cumplimiento de los requisitos de W.S. 1-16-603 y el cumplimiento de las condiciones establecidas en WS 1-16-604 será de exclusiva responsabilidad del cesionario en cualquier transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada, y ni el deudor ni la liquidación estructurada emisor anualidad deberá asumir la responsabilidad de, o cualquier responsabilidad derivada de, el incumplimiento de los requisitos de WS 1-16-603 o incumplimiento de las condiciones establecidas en WS 1-16-604.

Sección 2. Este acto es el 1 de julio de 2006
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