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En el estado de Florida, la ley establece que el cliente vive en el estado, y debe ser aprobado por un tribunal local en el estado. Homologación concedida únicamente si la transacción es justa y razonable, y en el mejor interés de los clientes. También existe un período de espera de 10 días para proteger al cliente.

1626.99296 transferencia de los derechos de pago de liquidación estructurada.

(1) OBJETIVO -. El propósito de esta sección es el de proteger a los destinatarios de la estructura de asentamientos que están involucrados en el proceso de transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada.

(2) Definiciones - Tal como se utiliza en esta sección, se entiende por:.

(A) "emisor anualidad" significa un asegurador que ha emitido un contrato de anualidad que se utilizará para financiar pagos periódicos bajo un liquidación estructurada.

(B) "Ley aplicable" significa cualquiera de los siguientes, según sea el caso en la interpretación de los términos de un liquidación estructurada:

1. Las leyes de los Estados Unidos;

2. Las leyes de este estado, incluidos los principios de igualdad aplicadas por los tribunales de este estado, y

3. Las leyes de cualquier otra jurisdicción:

a. Ese es el domicilio del beneficiario o cualquier otra parte interesada;

b. Bajo cuyas leyes un acuerdo de liquidación estructurada fue aprobado por un tribunal, o

c. En cuyos tribunales una demanda reiterada estaba pendiente cuando las partes firmaron un acuerdo de liquidación estructurada.

(C) "tasa federal aplicable" significa que el tipo aplicable recientemente publicada para determinar el valor presente de una anualidad, emitidas por los Estados Unidos Servicio de Impuestos Internos en virtud del s. 7520 del Código de Rentas Internas Federal, en su versión modificada.

(D) "cesionario": cualquier Parte que adquiere los derechos de pago de liquidación estructurada directa o indirectamente de un cesionario de dichos derechos.

(E) "cargo" se entiende el cónyuge del beneficiario y los hijos menores y todos los demás miembros de la familia y otras personas para las que el beneficiario tiene la obligación legal de proporcionar apoyo, incluyendo la pensión alimenticia.

(F) "tasa de descuento y las finanzas", la suma de todos los cargos que se pagan directa o indirectamente de los pagos de liquidación estructurada asignadas y graven directa o indirectamente por el cesionario y que inciden de una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada, incluyendo:

1. Los cargos por intereses, descuentos, u otra compensación por el valor temporal del dinero;

2. Todas las aplicaciones, el origen, la transformación, la suscripción, el cierre, la presentación, y los gastos notariales y de todos los cargos similares, sin embargo denominados y

3. Todos los cargos por comisiones o corretaje, independientemente de la identidad de la parte a la que dichas comisiones se hayan pagado o por pagar.

El término no incluye ningún derecho u otra obligación contraída por un beneficiario a obtener asesoramiento profesional independiente sobre la transferencia de los derechos de pago de liquidación estructurada.

(G) "valor actual" significa, con respecto a una propuesta de transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada, el valor razonable actual de los pagos futuros, tal como se determina mediante el descuento de los pagos al presente usando la tasa federal aplicable recientemente publicado en el descuento tasa.

(H) "asesoramiento profesional independiente" significa consejo de un abogado, contador público, actuario, u otro asesor profesional con licencia:

1. ¿Quién está contratado por un beneficiario para prestar asesoramiento sobre las consecuencias legales, fiscales y financieros de una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada;

2. ¿Quién no es de ninguna manera afiliado con o compensado por el cesionario de la transferencia, y

3. Cuya compensación para proporcionar el asesoramiento no se ve afectada por el hecho de una transferencia se produce o no se produce.

(I) las "partes interesadas" son:

1. El beneficiario;

2. Todo beneficiario irrevocable designado de conformidad con el contrato de anualidad para recibir los pagos posteriores a la muerte del beneficiario o, si es un beneficiario designado, el padre del beneficiario designado menor o tutor;

3. El emisor de la renta;

4. El deudor liquidación estructurada, o

5. Cualquier otra parte que ha continuando derechos u obligaciones en virtud del liquidación estructurada.

(J) "Beneficiario" significa una persona que está recibiendo pagos por daños libres de impuestos en virtud de una liquidación estructurada y se propone hacer una transferencia de derechos de pago bajo el liquidación estructurada.

(K) "contrato de cesión Calificado" significa un acuerdo que prevé una asignación calificado, según lo autorizado por 26 USC s. 130 del Código de Rentas Internas Federal, en su versión modificada.

(L) "litigio se resuelva", la reclamación por agravio original, resuelta por una liquidación estructurada.

(M) "liquidación estructurada": un acuerdo para el pago periódico de los daños por lesiones personales, creado por el acuerdo o sentencia en la re liquidación de una reclamación de responsabilidad civil.

(N) "acuerdo de liquidación estructurada" significa el acuerdo, el juicio, estipulación, o la liberación que contiene los términos de un liquidación estructurada, incluidos los derechos del beneficiario a recibir los pagos periódicos.

(O) "deudor liquidación estructurada" significa la parte que está obligada a realizar pagos periódicos a continuar el beneficiario en virtud de un acuerdo de liquidación estructurada o un contrato de cesión calificado.

(P) "derechos de pago de liquidación estructurada" se refiere a los derechos a recibir pagos periódicos, incluidos los pagos a tanto alzado en virtud de un liquidación estructurada, tanto del deudor liquidación estructurada o el emisor anualidad, si:

1. El beneficiario o cualquier otra persona interesada esté domiciliado en este estado;

2. El acuerdo de liquidación estructurada fue aprobado por un tribunal de este estado, o

3. El litigio se resuelva estaba pendiente ante los tribunales de este estado cuando las partes firmaron el acuerdo de liquidación estructurada.

(Q) "Los términos del liquidación estructurada" significa los términos del acuerdo de liquidación estructurada, el contrato de renta vitalicia, un contrato de cesión cualificado, o una orden o la aprobación de un tribunal u otra autoridad del gobierno de autorizar o aprobar el liquidación estructurada.

(R) "Transferencia" significa una venta, cesión, prenda, hipoteca u otra forma de enajenación o gravamen hecha por un beneficiario para su consideración.

(S) "acuerdo de transferencia" se entiende el acuerdo que prevé la transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada de un beneficiario a un cesionario.

(T) "cesionario" significa una persona que está recibiendo o que recibirá los derechos de pago de liquidación estructurada resultante de una transferencia.

(3) condiciones de las transferencias de derechos de pago ESTRUCTURADAS arreglo y los acuerdos de liquidación estructurada. -

(A) Una transferencia directa o indirecta de los derechos de pago de liquidación estructurada no es eficaz y un obligado liquidación estructurada o anualidad emisor no está obligado a hacer un pago directo o indirecto a un cesionario de los derechos de pago de liquidación estructurada a menos que la cesión esté autorizada con antelación una orden definitiva de un tribunal de jurisdicción competente, que se basa en las conclusiones expresa por escrito de la corte que:

1. La transferencia cumple con esta sección y no contraviene otras leyes aplicables;

2. Por lo menos 10 días antes de la fecha en que el beneficiario incurre primera obligación con respecto a la transferencia, el cesionario facilitarse al beneficiario una declaración de divulgación en negrita, no menores de 14 puntos de tamaño, que especifica:

a. Los montos y fechas de vencimiento de los pagos de liquidación estructurada a transferir;

b. El importe total de los pagos;

c. El valor actual descontado de los pagos, junto con la tasa de descuento utilizada para determinar el valor presente descontado;

d. La cantidad íntegra al beneficiario a cambio de los pagos;

e. Una lista detallada de todas las comisiones de los corredores, cargos por servicios, cuotas de solicitud, los honorarios de procesamiento, costos de cierre, honorarios de presentación, las tasas de referencia, gastos administrativos, gastos legales y honorarios notariales y otras comisiones, honorarios, costos, gastos, y los gastos que deba pagar el beneficiario o el deducible del importe bruto de otro modo pagadero al beneficiario;

f. La cantidad neta a pagar al beneficiario tras la deducción de todas las comisiones, honorarios, costos, gastos, y los cargos descritos en el inciso e.;

g. El cociente, expresado en porcentaje, que se obtiene dividiendo el importe del pago neto por el valor actual descontado de los pagos que deba hacerse pública la siguiente declaración: "El importe neto que recibirá de nosotros a cambio de su futuro establecimiento estructurado pagos representan _____ por ciento del valor actual estimado de los pagos basados ​​en el valor descontado usando la tasa federal aplicable ";

h. La tasa efectiva de interés anual, que deberá publicarse en la siguiente declaración: "En base a la cantidad neta que recibirá de nosotros y los importes como las fechas de los pagos de liquidación estructurada que está dando vuelta a nosotros, quiere, en efecto, , debe pagar intereses a nosotros a una velocidad de ciento _____ por año ", y

i. El importe de la sanción y el monto total de los daños y perjuicios, incluidas las sanciones, a pagar por el beneficiario en caso de incumplimiento del acuerdo de cesión por el beneficiario;

3. El beneficiario ha establecido que la transferencia está en los mejores intereses del beneficiario, teniendo en cuenta el bienestar y el apoyo de familiares a cargo del beneficiario;

4. El beneficiario ha recibido o renunciado a su derecho a recibir asesoramiento profesional independiente sobre las consecuencias legales, fiscales y financieros de la transferencia;

5. El adquirente haya comunicado por escrito el nombre del cesionario, dirección y número de identificación fiscal de la entidad emisora ​​de anualidad y el deudor liquidación estructurada y se ha presentado una copia de la notificación a la corte;

6. El acuerdo de transferencia establece que si el beneficiario esté domiciliado en este estado, las controversias entre las partes, se regirán de acuerdo con las leyes de este Estado y que el Estado del domicilio del beneficiario es el lugar adecuado para que cualquier causa de acción que surja de incumplimiento del acuerdo, y

7. El tribunal ha determinado que la cantidad neta a pagar al beneficiario es justo, equitativo y razonable en las circunstancias del momento.

(B) Si una transferencia propuesta contraviene los términos del liquidación estructurada, mediante la presentación de una objeción por escrito por una parte interesada y después de considerar la objeción y cualquier respuesta a ello, el tribunal podrá otorgar, negar o imponer condiciones sobre la propuesta de transferencia que considere la corte justa y adecuada dados los hechos y circunstancias y de conformidad con los principios establecidos del derecho. Cualquier orden que aprueba la transferencia debe requerir que el cesionario indemnizar al emisor anualidad y el deudor liquidación estructurada de cualquier responsabilidad, incluyendo los costos razonables y honorarios de abogados, que surge del cumplimiento por parte del emisor o deudor de la orden de la corte.

(C) Cualquier disposición de un acuerdo de transferencia que le da un poder cesionario a confesar sentencia contra un beneficiario es inaplicable en la medida en que el monto de la sentencia excedería el monto pagado por el adquirente al beneficiario, con deducción de los pagos recibidos de la estructura deudor liquidación o beneficiario.

(D) En la negociación de una liquidación estructurada de las demandas presentadas por o en nombre de un demandante domiciliado en este estado, el deudor liquidación estructurada debe informar por escrito al solicitante o representante legal del demandante toda la información siguiente, que no es otra cosa especificado en el acuerdo de liquidación estructurada:

1. Los montos y fechas de vencimiento de los pagos periódicos que se harán en el marco del acuerdo de liquidación estructurada. En el caso de los pagos que estarán sujetos a los aumentos porcentuales periódicas, los importes de los pagos futuros pueden ser revelados mediante la identificación de la cantidad base de pago, la cantidad y el momento de los aumentos previstos, y la manera en la que se suman los aumentos;

2. El importe de la prima al emisor de anualidad;

3. El valor actual descontado de los pagos periódicos que no son vitalicia, junto con la tasa de descuento utilizada para determinar el valor presente descontado;

4. La naturaleza y el importe de los gastos que pueden deducirse a partir de cualquiera de los pagos periódicos;

5. En su caso, que toda transferencia de los pagos periódicos está prohibido por los términos de la liquidación estructurada y otra manera puede estar prohibido o restringido por la ley aplicable, y

6. Que ninguna transferencia de los pagos periódicos por el demandante podrá someter al demandante a consecuencias tributarias adversas graves.

(4) Jurisdicción; PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS - Por lo menos 20 días antes de la audiencia programada sobre una solicitud de autorización de una transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada conforme a esta sección, el cesionario debe presentar ante la corte y todas las partes interesadas un aviso de la transferencia propuesta y la solicitud para su autorización. La notificación debe incluir:

(A) una copia de la solicitud del adquirente a la corte;

(B) una copia del acuerdo de transferencia;

(C) Una copia de la declaración de divulgación requerida bajo la sub sección (3);

(D) Notificación de que una parte interesada puede apoyar, oponerse, o de otra manera responder a la solicitud del cesionario, en persona o por un abogado, mediante la presentación de observaciones por escrito al tribunal o al participar en la audiencia, y

(E) La notificación de la fecha y lugar de la audiencia y la notificación de la manera en la cual y el plazo en el que cualquier respuesta por escrito a la solicitud deberá ser presentada con el fin de ser considerado por el tribunal. Una respuesta por escrito a una solicitud debe ser presentada dentro de 15 días a partir del requerimiento del cesionario.

(5) RENUNCIA, sin penas aplicadas -.

(A) No será preciso aplicar las disposiciones de la presente sección.

(B) En caso de transferencia de derechos de pago de liquidación estructurada no cumpla las condiciones del apartado (3), el beneficiario quien propuso la transferencia de no incurrir en ninguna sanción, perderá ninguna cuota de solicitud o de otro tipo de pago, o de lo contrario incurre en responsabilidad alguna frente a la propuesta cesionario.

(6) INCUMPLIMIENTO. -

(A) Si el cesionario viola los requisitos para que estipula el descuento y cargo financiero previsto en el apartado (3), ni el cesionario ni cesionario podrá cobrar a los pagos transferidos, o en el beneficiario, cualquier cantidad en exceso del avance neto la cantidad y el beneficiario puede recuperarse de la adquirente o cualquier cesionario:

1. La devolución de las cantidades excedentes recibidos previamente por el cesionario o cualquier cesionario;

2. Una pena en una cantidad determinada por el tribunal, pero no superior a tres veces el monto total del descuento y cargo financiero, y

3. Gastos y honorarios razonables de abogados.

(B) Si el cesionario viola los requisitos de divulgación de la sub sección (3), el cesionario y cualquier cesionario es responsable ante el beneficiario para:

1. Una pena en una cantidad determinada por el tribunal, pero no superior a tres veces el importe del descuento y cargo financiero, y

2. Gastos y honorarios razonables de abogados.

(C) El cesionario o cesionaria no se hace responsable de cualquier sanción de cualquier acción iniciada bajo esta sección si el adquirente o cesionario establece por una preponderancia de la evidencia de que la violación no fue intencional y se debió a un error de buena fe, a pesar de mantenimiento del cesionario procedimientos diseñados razonablemente para evitar este tipo de errores.

(D) Sin perjuicio de cualquier otra ley, una acción no podrá ser puesto bajo esta sección más de 1 año después de la fecha de vencimiento:

1. El último pago de liquidación estructurada transferida, en el caso de una violación de los requisitos para que estipula el descuento y la carga financiera prevista en el apartado (3).

2. El primer pago de liquidación estructurada transferida, en el caso de una violación de los requisitos de divulgación de la sub sección (3).

(E) Cuando una parte interesada tiene razones para creer que cualquier cesionario ha violado esta sección,  cualquier interesado podrá presentar una demanda civil de medidas cautelares, sanciones, y cualquier otra reparación que sea apropiado para asegurar el cumplimiento con esta sección.

Historia -. S. 7, cap. 2001-207, s. 7, cap. 2001-247.

1Nota -. Sección 30, ch. 2001-198, establece que "[n] o hay nada contenido en s. 679.4061, Estatutos de la Florida, o s. 679.4081, Estatutos de la Florida, como los creados por esta ley, prevalecerán las disposiciones de la SB 108 o HB 767, en relación con la liquidación estructurada, si la medida SB 108 o el Proyecto de Ley 767 se convierte en ley ". Sustituto de la Comisión se convirtió en Ley del Senado en ch. 2001-207, s. 7, cap. 2001-207, se refiere a la liquidación estructurada. 

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